Veteranos y sus familias
Los derechos son reales, son sustanciales, y muchísimas familias nunca se enteran de que existían. Díganos en la primera llamada que su ser querido sirvió.
Para un veterano elegible, el entierro en un cementerio nacional del VA con espacio disponible incluye la parcela o el nicho del columbario, la apertura y el cierre, el cuidado perpetuo, una lápida o marcador del gobierno, una bandera, y un Certificado Conmemorativo Presidencial firmado por el Presidente. La familia no paga nada por ello.
Las cenizas se inurnan de la misma manera y con los mismos honores que los restos en ataúd, así que elegir entre uno u otro no reduce el derecho.
Aparte del beneficio del cementerio, un veterano elegible tiene derecho a honores funerarios militares: como mínimo el plegado y la entrega de la bandera y el toque de silencio por al menos dos militares uniformados. Debe solicitarse, y podemos hacerlo en su nombre.
Los honores pueden rendirse en un servicio conmemorativo y no solo junto a una tumba, lo cual importa cuando el entierro ocurre en otro país.
En general, un veterano dado de baja en condiciones distintas a la deshonrosa. El cónyuge o cónyuge sobreviviente y los hijos dependientes suelen ser elegibles para el entierro en un cementerio nacional junto al veterano, incluso si fallecen antes.
La elegibilidad la determina el VA, no nosotros, y hay casos límite. Si existe cualquier duda, vale la pena preguntar en vez de suponer que la respuesta es no.
El DD-214, o el documento de baja equivalente para servicios más antiguos. Si la familia no lo encuentra, se puede pedir una copia a los Archivos Nacionales, pero eso toma tiempo, que es la razón para mencionar el servicio militar en la primera llamada y no una semana después.
Hacemos la solicitud al cementerio y nos encargamos del trámite. Si su ser querido va a ser repatriado a otro país, díganoslo igualmente: las asignaciones y los honores pueden seguir aplicando, y la documentación es más fácil de reunir ahora que después.
Entierro o inurnación en un cementerio nacional del VA con espacio disponible, sin costo para la familia: la parcela o nicho, la apertura y el cierre, el cuidado perpetuo, una lápida o marcador del gobierno, una bandera, y un Certificado Conmemorativo Presidencial. También se pueden solicitar honores funerarios militares.
El DD-214 o el documento de baja equivalente. Si la familia no lo encuentra, se puede pedir una copia a los Archivos Nacionales, lo que toma tiempo. Por eso conviene contarnos del servicio militar en la primera llamada y no más tarde.
Díganoslo de todos modos. Algunos derechos, incluidas las asignaciones funerarias y los honores militares, pueden seguir aplicando aunque la inhumación ocurra en otro país. Verificarlo no cuesta nada y la documentación es mucho más fácil de reunir ahora que después.
Una sola frase en la primera llamada puede valerle miles de dólares a una familia, y es la frase que más se olvida decir.
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